Nuestra asociación Usuarios y Consumidores Unidos ha obtenido una nueva medida cautelar contra el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), esta vez a fin de proteger a los consumidores de nuestro país de las maniobras fraudulentas realizadas por la empresa Viagogo en perjuicio de consumidores argentinos.
Como lo habíamos denunciado con anterioridad (ver nota), la empresa Viagogo de reventa de entradas ofrece sus precios en pesos argentinos para luego cobrarlos dólares estadounidenses, provocando millonarios perjuicios a los consumidores de nuestro país que de haber sabido no hubieran efectuado tal contratación. Esta situación es agravada por el incumplimiento de las normas locales que impiden a los clientes de la empresa efectuar reclamos formales de cualquier tipo atento a la carencia de domicilio de la empresa en Argentina.
En la causa colectiva “USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS c/ ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES s/DAÑOS Y PERJUICIOS” (Expte 10436/2023) de trámite ante el Juzgado Federal de San Nicolás 1 denunciamos estas graves situaciones solicitando al juzgado ordene una medida cautelar de carácter preventivo tendiente a advertir a los consumidores argentinos de la potencialidad dañosa de contratar con la empresa Viagogo para adquirir entradas.
La medida cautelar requerida fue otorgada por la Justicia, ordenando al ENACOM que reenvíe una orden a todas empresas prestadoras de Internet (ISP) inscriptas en dicho organismo para que coloquen un cartel de advertencia previo al acceso al dominio https://www.viagogo.com desde cualquier parte de la República Argentina. O sea la justicia, a diferencia de los casos “Procash” y “Omegapro” no ordenó el bloqueo de la web, sino que ordenó colocar un cartel previo al acceso al dominio (y subdominios) de la web https://www.viagogo.com donde se advierte a los potenciales consumidores sobre los riesgos de contratar o comprar entradas a través de esta página.
El cartel de aviso deberá decir lo siguiente:
“ADVERTENCIA. Ud. está por ingresar a una web que se dedica a la reventa de entradas. El Juzgado Federal nº1 de la ciudad de San Nicolás, en autos “USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS c/ ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES s/DAÑOS Y PERJUICIOS”, Nro. FRO 10436/2023, ha dictado una medida cautelar por la cual se ha ordenado establecer esta advertencia en virtud de que la empresa VIAGOGO no cumple “prima facie” con el art. 8 de la Ley de Defensa del Consumidor (LEY 24240), ni con el art. 118 de la Ley de Sociedades Comerciales (LEY 19950), en cuanto a información, domicilio y publicidad, cuestión que dificulta el ejercicio de los derechos establecidos en dicha normativa a los consumidores de nuestro país. Si comprende los riesgos informados y aún desea continuar, puede hacerlo accediendo al link correspondiente”.
Este fallo constituye un paso importante hacia una mayor protección del consumidor en Argentina y demuestra la importancia de pensar soluciones originales en el marco de acciones preventivas de daños. Como sostuvo ajustadamente el Juzgado: “no se puede perder de vista que la presente se trata de una acción preventiva de daños, cuya finalidad es evitar la consumación de los mismos, anticiparse a la posibilidad de que ocurran, ya que en la mayoría de las ocasiones prevenir es incluso más importante y trascendente que la reparación ulterior”.
Si bien la cautelar ha sido apelada por Enacom, la medida debe ser puesta en ejecución en forma inmediata. Continuaremos brindando novedades de esta causa por esta misma via.
Solicitamos la difusión de la presente.
Acceso a la medida cautelar – link
0 comentarios