UCU informa que en el marco del Acuerdo Transaccional homologado en el expediente caratulado «Usuarios y Consumidores Unidos y otro/a c/ Electrónica Megatone S.A. y otros s/ Nulidad de Contrato», se estableció la devolución de la suma global de $64.126.951 a practicarse conforme a lo establecido en el texto del edicto.
La Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) y la Unión de Usuarios y Consumidores, por una parte, y Electrónica Megatone S.A. (EMSA), por la otra, han llegado a un acuerdo con relación a los montos percibidos por EMSA con causa en el cargo “Gasto administrativo y/o análisis y mantenimiento de cuenta”. Este acuerdo pone fin a los autos “Usuarios y Consumidores Unidos y otro/a c/ Electrónica Megatone S.A. y otros s/ Nulidad de Contrato (Expte 100.622), de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 del Departamento Judicial de San Nicolás.
Se destaca que este acuerdo pudo doblegar a otro acuerdo anterior homologado judicialmente en el año 2013 donde la empresa había conseguido que la asociación Proconsumer (y la justicia Entrerriana) validara parcialmente el cargo cuestionado en la presente acción (link al texto del edicto). Esto es inédito, ya que el nuevo acuerdo arribado con UCU y la Unión de Usuarios y Consumidores es claramente superador del anterior, logrando el compromiso de la empresa de dejar de cobrar el mismo y acreditar a sus clientes alcanzados por el cargo la suma fija de $1000.
El acuerdo consiste en la bonificación de la suma global de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO ($64.126.951), a favor de los Consumidores Alcanzados. Todos los clientes que hubieran pagado el cargo, tengan o no saldo deudor, contarán con una bonificación de Pesos Un Mil ($1.000) para una nueva compra por el término de 90 días.
Si transcurrido el plazo de 90 días, quedare saldo sin utilizar, EMSA imputará en la cuenta de los clientes que hayan abonado los cargos cuestionados y posean saldo deudor la suma a prorrata hasta alcanzar la suma de $64.126.951. Eventualmente, si dicho procedimiento arrojare un remanente, el mismo se distribuirá en todos los clientes que posean saldo deudor, a prorrata, más allá de que no hayan pagado el cargo cuestionado, hasta alcanzar la suma de $64.126.951.
De conformidad con lo previsto en el art. 54, primer párrafo de la Ley 24.240, los consumidores beneficiarios podrán excluirse dentro de los 30 días de publicado el presente. Para ello, deberán enviar un correo a solicitudreintegro@emusimundo.com con copia a los correos de las asociaciones (info@ucu.org.ar y launionusuariosyconsumidores@gmail.com), con el título «Exclusión del acuerdo colectivo UCU/Grupo EMSA» y adjuntar una copia de su documento nacional de identidad en formato pdf.
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