Hace casi tres años, la empresa Montemar SRL cesó en la prestación del servicio público de transporte de pasajeros, reteniendo la totalidad del dinero que todos los usuarios habían abonado para cargar sus tarjetas prepagas, provocando un daño patrimonial de gran consideración a toda la comunidad.
Esta situación fue conocida por nuestra asociación días atrás en marco de reunión institucional realizada con el Titular de la OMIC de la ciudad de Pinamar, el Dr. Pablo Bertozzi. El profesional a cargo nos precisó que la empresa dejó de operar intempestivamente a partir del día 18 de mayo de 2019, cerrando sus puertas y dejando retenidos los créditos de los usuarios del servicio de transporte público de la ciudad de Pinamar y alrededores, así como los correspondientes a la explotación de la línea provincial 216 (Villa Gesell, Pinamar, Madariaga).
El Jefe de la Oficina Municipal también nos explicó que desde esa dependencia citaron a la empresa prestadora para que brinde explicaciones del caso y efectúe los descargos correspondientes en el marco de las actuaciones administrativas iniciadas ante OMIC. La empresa jamás compareció a las citaciones, no recibiendo ni siquiera las citaciones enviadas por la autoridad respectiva, en franco incumplimiento con los deberes mínimos que debe cumplir una sociedad a la hora de finalizar sus operaciones.
Esta situación, de notorio y público conocimiento, resulta refrendada por las denuncias efectuadas por los afectados ante la OMIC de la ciudad de Pinamar, quienes alegaron no haber cobrado un solo peso del dinero utilizado para cargar las tarjetas prepagas, en una muestra de absoluta desconsideración hacia los usuarios del servicio.
Por todo lo expuesto, y en virtud de la legitimación que le confiere a la asociación la Constitución Nacional, la Ley de Defensa del Consumidor 24.240 y el art. 19 inc. c) de la Ley Provincial 13.133, días atrás UCU intimó mediante carta documento a dicha empresa para que dentro de los cinco (5) días procedan a reintegrar las sumas de dinero retenidas de modo ilegítimo e incausado con más los intereses correspondientes (art. 26 Ley 24.240). La intimación se realizó bajo apercibimiento de iniciar las acciones administrativas y/o judiciales civiles y/o penales que pudieran corresponder, sin perjuicio de hacer responsable en forma solidaria a directivos y socios de la sociedad.
De no haber respuesta positiva, esta asociación conjuntamente con la OMIC de Pinamar iniciará las acciones correspondientes.
Solicitamos la divulgación del presente comunicado a toda la comunidad de Pinamar y alrededores. Es importante que todos los ciudadanos sepan que estas acciones no deben quedar impunes y que existen remedios judiciales para remediarlas.
0 comentarios