El Banco Hipotecario también deberá devolver el IFE descontando en forma ilegal.

El Banco Hipotecario también deberá devolver el IFE descontando en forma ilegal.

En línea con el reclamo colectivo iniciado contra el Banco BBVA Frances, UCU también inició demanda colectiva contra el Banco Hipotecario para la defensa de los beneficiarios del INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA (IFE).

En el marco de dicha acción en fecha 13 de agosto de 2020, el Juez a cargo del caso ordenó cautelarmente el cese de cualquier tipo de descuentos, débito o retención sobre el IFE, así como también la restitución inmediata de las sumas ya descontadas, debitadas o retenidas (en un plazo de 48 horas). 

Asimismo, dispuso que la restitución sea efectuada por los mismos medios a través de los cuales fueron debitadas las sumas de dinero (conforme art. 54, tercer párrafo, LDC), es decir, en la cuenta de cada usuario de forma directa y sin sujeción a petición previa, informando a cada persona que la acreditación corresponde al cumplimiento de la medida cautelar decidida en la acción colectiva iniciada por UCU.

El Juez Sánchez Cannavó también hizo lugar a una medida de prueba anticipada solicitada por UCU, y en virtud de ella ordenó a la entidad demandada que, en un plazo de tres días, proceda a entregar en el Juzgado Nacional en lo Comercial el registro de grabaciones de llamadas recibidas en el centro de atención telefónica para clientes del banco durante los 10 días posteriores a cada fecha de pago del IFE; los registros de las comunicaciones electrónicas mantenidas con los clientes del banco con motivo del IFE, especialmente los servicios de mensajería de redes sociales, emails, homebanking y solicitudes de turnos que identifiquen como motivo al IFE; y por último los libros de queja u otros registros en papel de reclamos que hayan sido efectuados en las diversas sucursales de la entidad demandada.

La acción colectiva tiene como objetivo impulsar y lograr el resguardo de quienes cobran a través del Banco Hhipotecario S.A., a fin de que se ordene al Banco el cese de los descuentos o deducciones, así como también la restitución de las sumas de dinero ya descontadas y la imposición de una multa civil, todo ello de acuerdo con la Resolución del Ministerio de Trabajo Nº 8/20, la Resolución ANSES Nº 84/20, la Comunicación “B” del BCRA Nº 11.996/20, la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

La acción se encuentra caratulada como “Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos c/ BANCO HIPOTECARIO S.A. s/ORDINARIO” (COM 6917/2020) de trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 30 (Secretaría Nº59), cuyo titular es el Juez Sebastián I. Sánchez Cannavó. UCU se encuentra acompañado legalmente por los profesionales del Estudio Jurídico FV & Asociados.

Aclaramos que las medidas dispuestas por el Juzgado son preliminares, por lo que no resuelven el fondo de la cuestión y simplemente están destinadas a reconocer una tutela adecuada y urgente a todas aquellas personas que resultan beneficiarias del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) cuyo cobro se realiza a través del Banco Hipotecario S.A. a fin de evitar descuentos o deducciones a futuro, o garantizar que haber sucedido las mismas la entidad realice la restitución correspondiente de manera inmediata.

Acceso a la medida ordenada

Preguntas frecuentes sobre el caso

Contactos:
UCU: Adrián Bengolea, +5493364645357

FV & Asociados: Caren Kalafatich, +5493425210882

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