POR ORDEN JUDICIAL en el expediente “ASOCIACION CIVIL USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS c/ BANCO PATAGONIA S.A. s/ ORDINARIO” (Nº 6912/2020) que tramita en el Juzgado Nacional de Primera
Instancia en lo Comercial Nº 30, a cargo del Dr. Sebastián I. Sánchez Cannavó, en la Secretaría N° 59, SE LES COMUNICA que:
1) Hay en trámite un PROCESO JUDICIAL COLECTIVO iniciado por la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos en nombre de las personas domiciliadas en cualquier lugar del país, que fueron beneficiarias del IFE durante el año 2020, lo cobraron a través del Banco Patagonia S.A. y recibieron descuentos sobre esos importes por distintos motivos.
2) En esta demanda la Asociación reclama que: 1) se deje de realizar todo débito o descuento del IFE; 2) se devuelva a los afectados el dinero debitado o descontado con más intereses -a la tasa activa promedio que utiliza el banco cuando presta dinero a los clientes-; y 3) se aplique una multa civil al banco (art. 52 bis LDC).
3) Si se admite el reclamo colectivo la sentencia se va a aplicar a todos los consumidores recién mencionados en el pto. 1) y que se encuentren en similares condiciones. Se hace saber a quienes deseen quedar incluidos en el juicio, que no es necesario que lo informen en el expediente ni al Tribunal por correo electrónico.
4) Las personas que quieran excluirse del juicio podrán manifestar su voluntad en contra de la demanda antes de la sentencia, mediante la presentación de un escrito en el expediente o por correo electrónico dirigido a jncomercial30.sec59@pjn.gov.ar (con indicación de su nombre y DNI).
5) Por último SE ACLARA ESPECIALMENTE que: a) no es una demanda o un reclamo dirigido contra las personas que cobraron el IFE; b) por cualquier consulta se deben comunicar con la asociación que promovió este reclamo (con indicación de los datos para su contacto); y c) el correo electrónico al Juzgado se debe dirigir únicamente para excluirse de la acción colectiva.
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