La justicia ordena medidas de publicidad para convocar a afectados por la empresa BIOMET

La justicia ordena medidas de publicidad para convocar a afectados por la empresa BIOMET

En el marco de el expediente “USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS c BIOMET” Expte. nº 5096/2014, de tramite por ante el Juzgado Nacional en lo Comercial nº19, la Justicia ordenó distintas medidas de publicidad para notificar a los consumidores afectados y representados por UCU en la presente acción colectiva.

Para entender todo el proceso cabe recordar que BIOMET reconoció haber pagado coimas a médicos argentinos para que prescriban sus prótesis y productos médicos. Efectivamente, en el marco del acuerdo arribado con la justicia de los Estados Unidos a raíz de la investigación promovida por la Securities Exchange Commission y según sus propios estados contables, las comisiones abonadas con tal finalidad en la República Argentina ascenderían a la suma de U$S 463.000, conceptos que BIOMET ha trasladado al público consumidor incrementando artificialmente el costo de esos productos (Para más información recomendamos leer la nota publicada por Daniel Santoro en Diario Clarín)

La acción colectiva iniciada por UCU pretende se indemnice a todos aquellos consumidores que abonaron sobreprecios en virtud de la práctica ilegal de BIOMET más la condena a abonar una indemnización punitiva de $ 5.000.000.000.

La Cámara de Apelaciones en el marco de dicho juicio ordenó que se publique la siguiente resolución, donde ordena distintas medidas de publicación para notificar a todos los afectados sobre la presente acción. Los consumidores afectados son todos aquellos pacientes argentinos que utilizaron productos médicos de BIOMET  desde el año 2000 hasta el año 2008 y que hubieran pagado total o parcialmente dichos productos.

[pdf-embedder url=»https://ucu.org.ar/wp-content/uploads/2017/07/UCU-c-Biomet-Cámara-confirma-dif-excep-medidas-publicidad.pdf» title=»UCU c Biomet Cámara confirma dif excep + medidas publicidad»]

Se agradece difusión.

 

 

 

 

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Los consumidores pueden excluirse del acuerdo manifestándolo ante el juzgado en los próximos 40 días.

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