En el marco del juicio colectivo iniciado por nuestra asociación la pericia contable notificada a las partes a fines de 2016 dictaminó que la empresa Compañía Financiera Argentina (conocida como Efectivo Si) cobró durante el lapso que va del año 2003 a principios de 2015 la inédita suma de $ 297.000.000 en concepto de “cargo de gestión de cobranzas” a sus clientes morosos.
El motivo del cargo. “Efectivo Si”, tal como hacen muchas empresas del mercado, establece en los contratos que hacen firmar a sus clientes que, en caso de atraso en el pago de sus obligaciones, deberán pagar sumas de dinero que varían según el monto de la deuda y el tiempo de atraso (además de los intereses por mora, obviamente).
Acompañamos las tablas de los años 2014 y 2015, llegando a cobrar $ 400 por el simple hecho de estar atrasado más de 30 días y deber más de $ 2.700 (un disparate).
A estas sumas, además, se le adicionan los intereses punitorios que estas empresas cobran por la demora en el atraso en el pago de sus deudas. Según la señalada pericia durante el lapso que va del año 2002/marzo 2015 cobraron intereses punitorios por mas de $ 300 millones de pesos.
La ilegalidad del cargo. Nuestra asociación, al igual que todo el movimiento de defensa del consumidor, sostiene que este tipo de cargos por gestión de cobranzas -o denominación similar- son totalmente ilegales por resultar cláusulas abusivas prohibidas por el art. 37 de la Ley de Defensa del Consumidor.
Básicamente lo que las empresas hacen con estos cargos es trasladar costos internos de la estructura empresaria a los consumidores, produciendo un desequilibrio irrazonable entre ambas partes.
Recordemos que las tareas de cobranzas o recupero de deudas, son tareas voluntarias de las empresas. O sea, no están obligadas a realizarlas sino que tienen que ver con una decisión empresarial. Por tanto si son voluntarias, no resulta legal que esos costos sean soportados por los deudores.
También se destaca que, tal como se encuentra previsto el cargo en el caso de Efectivo SI (varía según tiempo y monto adeudado), el mismo se confunde con los intereses por mora. Esta situación está prohibida por el art. 36 de la LDC y significa una doble imposiciòn de intereses.
Si se desea profundizar en el asunto recomendamos el trabajo hecho por el Director de nuestra asociación Adrian Bengolea y el especialista en Derecho del Consumo Alejandro Perez Hazaña donde analizan este cargo es ilegal (enlace al documento).
La acción colectiva de UCU. Ante esta situación UCU inició demanda colectiva ante los tribunales de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos impugnando el cargo en el año 2012. En ese juicio solicitamos a la justicia que “Efectivo Si” cese en su cobro y reintegre las sumas percibidas indebidamente de manos de los consumidores afectados.
La defensa de la empresa. “Efectivo Si” adujo en la contestación de demanda -además de sostener la legalidad del concepto- que ese dinero no lo percibió ella sino que lo cobra a cuenta de otra sociedad, denominada “Cobranzas y Servicios S.A.”, supuestamente encargada de gestionar los cobros extrajudiciales de sus deudores.
Lo llamativo de esto, es que esa empresa de cobranzas no es ajena a “Efectivo SI” ya que ambas forman parte de un mismo grupo económico. Al momento de la pericia se constató que el Banco Galicia era propietario del 95% de acciones de Efectivo Si y Cobranzas y Servicios. (en enero de 2017 Galicia vendió esas acciones a «Galeno Capital»).
Además, como si esto fuera poco, también quedó acreditado que “Cobranzas y Servicios S.A.” sólo presta sus “servicios” a “Efectivo Si” exclusivamente. Todo demasiado raro. Una empresa de cobranzas que le presta servicio a una única empresa del mismo grupo económico, cobrando por ellos sumas millonarias provenientes de un cargo que le cobran a los consumidores morosos.
Boicot de consumo. Más allá del pedido judicial efectuado, que llevará enorme tiempo resolverse, desde UCU queremos convocar a la comunidad de consumidores de nuestro país a dejar de efectuar operaciones en los locales de «EFECTIVO SI» hasta tanto la empresa no cese con este tipo de conductas y efectúen el reintegro correspondiente a los consumidores afectados.
¿Estamos los consumidores en condiciones de actuar en conjunto y darle un mensaje contundente a esta empresa?
¿Tenemos verdadero poder de generar cambios?
Compartilo. Difundilo. Alcemos nuestra voz.
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