Por medio de la presente comunicamos que hemos llegado a un acuerdo colectivo con el Banco San Juan, a fin de que el mismo se abstenga en lo sucesivo de incluir en el sitio web, redes sociales, correos electrónicos y publicidad en la vía pública de Tienda Clic, una cláusula ilegal de eximición de responsabilidad.
Esta cláusula decía lo siguiente: «los datos y ofertas incluidos en este revisten carácter exclusivamente informativo y en modo alguno suponen que los establecimientos, productos o la calidad de estos se encuentran promocionados y/o garantizados por el Banco San Juan.”
Transcribimos a continuación el comunicado del Juzgado Civil, Comercial y de Minas de la Provincia de San Juan, donde tramita la causa judicial, en la que se informa a todos aquellos afectados que pueden excluirse de este acuerdo, dentro de los 30 días hábiles de la publicación del presente, presentandose en el expediente o por nota dirigida al Banco San Juan.
El Noveno Juzgado Civil, Comercial y de Minas de la Provincia de San Juan, comunica a aquellos clientes de Banco de San Juan S.A. (“BSJ”)que en virtud del Acuerdo Transaccional suscripto en los autos “USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS (UCU) c/ BANCO SAN JUAN S.A. s/ DEMANDA COLECTIVA” expte. N° 173.632, se ha acordado que BSJ continuará absteniéndose del uso de la cláusula en sus futuras publicidades/publicaciones por cualquier medio de difusión. Aquel que así lo desee podrá excluirse del Acuerdo Transaccional por escrito, conforme lo previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo), dentro de los 30 días hábiles de la publicación del presente banner, ya sea mediante una presentación en el expediente o por nota dirigida a BSJ a tales efectos, manifestando que va a hacer uso del derecho de autoexclusión. Se les hace saber que por cualquier duda con relación al Acuerdo podrán consultar en BSJ por email a atencionausuarios@bancosanjuan.com y a UCU por teléfono al número 0336-4457314 o por email a info@ucu.org.ar
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