Telefonía Celular: Resolución 26/2013 de la SECOM

Telefonía Celular: Resolución 26/2013 de la SECOM

La Secretaría de Comunicaciones de la Nación acaba de emitir la Resolución 26/2013 que establece la medida de tasación de las llamadas de telefonía móvil.

La misma se encuentra en línea con la Resolución SECOM 45/2012, estableciendo que la medida de tasación de las llamadas de telefonía celular será el segundo. Recordemos que la Resolución 45/2012 fue la que estableció que el tiempo de tasación de las llamadas debía calcularse “desde el momento que el abonado llamado contesta directamente o por medio de una casilla de mensajes, hasta el momento en que finaliza la comunicación”, por lo que obligó a las empresas a facturar el plazo exacto de comunicación efectivamente utilizado por los usuarios del servicio e implicaba dar por fin al fraccionamiento por minutos que llevaban a cabo las empresas «redondeando hacia arriba» en claro perjuicio de los derechos de los consumidores.

En este contexto, la Resolución 26/2013 viene a integrar esa normativa, estableciendo que la medida de tasación será el segundo otorgando 60 días a las compañías para que adapten sus sistemas de facturación.

Lamentablemente advertimos que la Resolución 26/2013 no es clara cuando establece  que los segundos deberán ser medidos “a partir de los primeros treinta segundos de establecida la comunicación”. La Resolución deja un gran vacío ya que no establece de qué manera las empresas cobrarían esos primeros treinta segundos. La cuestión está siendo evaluada por los abogados de nuestra institución.

Sin perjuicio de ello, no se puede soslayar que el dictado de la Resolución 26 se ha efectuado con motivo de cuatro medidas cautelares dictadas por el Juzgado Federal de San Nicolás que ordenaron a las empresas fraccionar las llamadas por segundo. Recordemos que esas acciones colectivas fueron iniciadas por nuestra asociación, llevando a juicio un reclamo histórico de todos los consumidores del país.

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