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Comunicación importante para los clientes de Tarjeta Data

Adrian Bengolea
Comunicación importante para los clientes de Tarjeta Data

“El Cuarto (4°) Juzgado Civil, Comercial y de Minas de la Provincia de San Juan de a cargo del Juez Dr. Humberto Conti Pico, comunica a aquellos clientes de DATA 2000 S.A. (“DATA”)que en virtud del Acuerdo Transaccional suscripto en la causa caratulada “USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS (UCU) c/ DATA 2000 S.A s/ HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO COLECTIVO” expediente Nº 184.808, se ha acordado que DATA se abstendrá del uso de las cláusulas impugnadas por UCU en todos sus contratos de tarjetas de crédito, como así también en futuras publicidades/publicaciones por cualquier medio de difusión. En relación a las cláusulas cuestionadas por UCU, se acuerda que la cláusula “caducidad de plazos” que consiste en la facultad de DATA para reclamar la totalidad del saldo adeudado de las obligaciones pendientes de plazo considerándolas como de plazo vencido pudiendo exigir el pago total del saldo adeudado, funcionará automáticamente ante la mora no inferior a los 30 días del usuario de la tarjeta, siendo inválida su aplicación antes del plazo aludido. También se acordó que DATA se abstendrá de cobrar las siguientes comisiones y cargos: i) Comisión por el envío de la revista Dvos; ii) COMISIÓN MENSUAL ECO; iii) COMISIÓN POR CONSULTA ADICIONAL telefónica del resumen de cuenta; iv) COMISIÓN por el envío del resumen en soporte papel por correo postal enviado al domicilio del consumidor; v) CARGO por gestión de cobranza, la intimación fehaciente de pago y la comisión por envío judicial; vi) CARGO CANAL DE PAGOS. El reintegro aludido se hará efectivo a los clientes actuales en el periodo de 12 meses consecutivos e ininterrumpidos mediante notas de crédito en los resúmenes de cuenta mensuales de la tarjeta de crédito de todos los clientes de DATA.

Respecto de los clientes no activos de DATA (ex clientes) tendrán ciento veinte días corridos, desde la última publicación de edictos, para contactar a TD a través del siguiente sitio Web que se informará luego de la homologación judicial, en orden a identificar la cuenta bancaria en la cual se le podrá hacer operativa la acreditación respectiva. En esa oportunidad, DATA podrá ofrecerles por única vez la reincorporación como usuario de la tarjeta indicando que el dinero a reintegrar podrá utilizarse como nota de crédito para futuras compras con la tarjeta y si el usuario rechaza la propuesta, ni DATA ni sus agentes comerciales podrán insistir en su reincorporación debiendo solicitar de inmediato sus datos bancarios a efectos de hacer operativo el reintegro aludido precedentemente. Sin perjuicio de ello, DATA deberá remitir emails a los ex clientes que hayan indicado su correo electrónico a DATA durante su relación contractual para que DATA notifique el crédito de dinero que tienen a su favor y que le corresponda según la certificación contable. Respecto de aquellos ex clientes de data que no hubieran informado un correo electrónico, DATA deberá remitirles carta documento para notificarlos fehacientemente del crédito de dinero que tienen a su favor y que le corresponda según la certificación notarial contable.

Aquel que así lo desee podrá excluirse del Acuerdo Transaccional por escrito, conforme lo previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo), dentro de los 30 días hábiles de la publicación del presente banner, ya sea mediante una presentación en el expediente o por nota dirigida a DATA a tales efectos, manifestando que va a hacer uso del derecho de autoexclusión. Se les hace saber que por cualquier duda con relación al Acuerdo podrán consultar en DATA por email a atencionusuariofinanciero@tarjetadata.com.ar  y a UCU por teléfono al número 0336-4457314 o por email a info@ucu.org.ar”.

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