UCU logra bloqueo judicial de web engañosa

UCU logra bloqueo judicial de web engañosa

Mediante medida judicial inédita, en el marco de una acción colectiva, UCU obtuvo medida cautelar que ordena a ENACOM el bloqueo de webs relacionadas con la firma Procash.

En el marco de la causa «USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS c/ ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES (ENACOM) s/DAÑOS Y PERJUICIOS» de trámite por ante la Justicia Federal de Rosario ordenó revocar la Resolución del juez de primera instancia disponiendo como medida cautelar el inmediato bloqueo deacceso desde cualquier parte del país a las páginas web vinculadas con la firma PROCASH. El bloqueo se ordenó hasta tanto acredite Proscash haber dado efectivo cumplimiento a lo dispuesto en el art. 8 segundo párrafo de laley 24.240, ordenando al ENACOM su comunicación a las prestatarias del servicio de Internet del país inscriptas ante dicho Organismo y la publicación de la presente resolución en su página web.

Nuestra asociación había advertido la existencia de varias webs engañosas de una firma llamada Procash que -en apariencia- atraía potenciales inversores a un sistema piramidal similar a otros que han causado enorme daño en nuestro país. Asimismo las webs aludidas no cumplian con el art. 8 bis de la LDC que obliga a las empresas a publicar nombre, domicilio y CUIT del oferente, omisión que imposibilita a los consumidores efectuar reclamos en caso de incumplimiento.

Las webs bloqueadas son las siguientes:

Más allá de esta medida particular, lo importante es que se abre una vía muy importante para la protección de los intereses de los consumidores, expuestos siempre al riesgo de engaños cometidos a través de páginas webs.

La medida cautelar está proxima a materializarse, una vez que el expediente baje de la Cámara Federal de Rosario. Compartimos fallo completo solicitando la divulgacion de esta importante noticia.

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Los clientes y ex clientes del Banco que figuran en el listado acompañado recibirán los reintegros mediante acreditación en cuentas, transferencias bancarias/billeteras virtuales o pago en efectivo en sucursales.

Los consumidores pueden excluirse del acuerdo manifestándolo ante el juzgado en los próximos 40 días.

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