UCU solicitó a ERSEP mayores controles a los servicios públicos

UCU solicitó a ERSEP mayores controles a los servicios públicos

15 febrero, 2018

Usuarios y Consumidores Unidos (en adelante UCU), asociación civil inscripta al número 21 del RNAC, miembro del Consejo Asesor Consultivo de ERSeP por Res. 2102/2017, constituyendo domicilio a los fines del presente en calle Caseros 329, Planta Baja, Local 2, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, CPA X5000AHG, conforme lo previsto en la Ley Pcial. 10.247, Art. 5, incs. a), c), d), y e), y normas concordantes de la Ley Nacional 24.240, nos dirigimos al Presidente de vuestra entidad, Sr. Mario Agenor Blanco y por su intermedio al Vicepresidente Sánchez Luis Antonio y a los Vocales del Directorio NARDUCCI Alicia Isabel, CORTÉS Facundo Carlos, LEIVA María Fernanda y SCAVINO Walter (según información en http://ersep.cba.gov.ar/ersep_directorio.htm al 1/2/2018), a quienes solicitamos se ponga en conocimiento del contenido íntegro de la presente comunicación y emplazamiento.

Que en respuesta a la comunicación de fecha 1/2/2018, por la cual el Presidente del Directorio nos informa que la convocatoria a la asamblea tendiente a la designación de las autoridades del Consejo Asesor Consultivo resulta de exclusivo resorte de dicho Consejo, debemos poner en su conocimiento que dicho resorte ya fue activado oportunamente, resultando en una denegatoria verbal a informar fecha de la misma y precisiones al respecto.

Que en la calidad y representación que está llamada a ejercer UCU, es su deber poner en conocimiento fehaciente del Directorio y de cada uno de sus integrantes, las irregularidades que se presentan en relación al Órgano Consultivo que integramos desde fecha 25/10/2017, y cuyo acceso solicitáramos en fecha 7/6/2016. Que en todos los meses transcurridos sólo fuimos citados en fecha 15/12 a una única reunión efectivizada el día 21/12/2017, y en la cual no se dio de respuesta a ninguno de los requerimientos efectuados oportunamente y por nota escrita. Entre otros puntos se solicitó se responda de modo concreto: a. Frecuencia de reunión del Consejo Asesor y lugares donde se realiza. b. Información de composición del Consejo Asesor, asociaciones que representan, asociación a la que representa el representante de las asociaciones de consumidores designado, domicilio, horarios de atención donde atienden los reclamos de los usuarios y reporte de actividades del último año. c. Información de fecha de elecciones de: I. Autoridades del Consejo Consultivo y II. Del representante del mismo ante el Directorio. Que ningún punto fue precisado pese a los insistentes requerimientos.

Que a esta reunión se llevó a cabo en el bar Chaplín (Rosario de Santa Fe 205), lugar completamente inadecuado para llevar a cabo una audiencia formal de un Órgano Consultivo de tal jerarquía.

Que atento no constarnos ninguna actividad concreta efectuada en la provincia de Córdoba por las personas asistentes a la reunión, en relación al ejercicio de competencias en carácter de miembros de una asociación de consumidores, ni tampoco constarnos que las asociaciones admitidas oportunamente por el Directorio, y en representación de las cuales dichas personas ejercen su membresía y voto, dejamos desde ya impugnada la condición de miembros de los mismos, y solicitamos al Directorio designe un veedor a efectos de regularizar la situación completamente irregular que se puede apreciar tanto por la modalidad de las reuniones, la falta completa de actividades reales y la carencia de idoneidad y legitimación suficiente para representar asociaciones de consumidores que no realizan ninguna actividad en Córdoba, ni cuentan siquiera con sede o sitio web conforme la normativa de la Secretaría de Comercio, Resolución 90/16. Todo ello bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales tendientes a que se retire la membresía de todas aquellas asociaciones de consumidores admitidas por ERSEP pero que a la fecha no cumplen lo requerido reglamentariamente para cumplir los altos fines previstos en la Constitución Nacional, ley nacional 24.240 y ley provincial 10.247, y demás legislación complementaria y concordante.

En razón de lo manifestado es que solicitamos al Directorio, que en el plazo de 24 hs. contadas a partir de su última sesión, comunique de modo fehaciente: 1. Lugar físico que el ERSEP otorga al Consejo Consultivo a efectos de llevar adelante sus actividades. 2. Copia de las actuaciones elevadas al Directorio por el Consejo Asesor en los últimos dos años, en razón de que el sitio http://ersep.cba.gov.ar/info_util_consejo_novedades.htm donde supuestamente se reflejan las “novedades” del Consejo Asesor, da cuenta de nula actividad desde el año 2014. 3. Motivo por los cuales no se ha incorporado aún a UCU en el sitio http://ersep.cba.gov.ar/info_util_consejo_novedades.htm. 4. 4. Integración actual y funciones que ocupan los miembros del Consejo Asesor, y domicilios legales de las asociaciones que representan sus integrantes. 5. Toda reglamentación que pudiera haber elaborado el Consejo y puesta en conocimiento del Directorio. 6. Solicitamos al Directorio designe un veedor a efectos de que participe de la primer asamblea ordinaria anual del Consejo Asesor, que es en la cual se designaría al nuevo Presidente del Consejo. Subsidiariamente, y para el caso de acefalía, abandono de actividades o inactvidad manifiesta de autoridades  o demás miembros del Consejo Asesor, UCU convoca a primer reunión anual a efectos de la designación de las mismas y fijación de programa de actividades, para fecha viernes 9 de febrero a las 16 hs., en el edificio de ERSeP, debiendo el Directorio confirmar disponibilidad a efectos de la reunión.

Asimismo solicitamos audiencia con el Directorio a los efectos de ampliar lo informado precedentemente, poniendo a disposición tanto el reporte de actividades de UCU de los dos últimos años en la ciudad de Córdoba, como la voluntad de nuestros directores, integrantes y voluntarios a los efectos colaborar para el mejoramiento de los servicios públicos de la provincia. Sin otro particular, saludamos atentamente. Quedan debidamente notificados y emplazados.

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